Visitalos

lunes, 6 de octubre de 2008

Guia de Capacitacion parte 1

Para la mayoría de los profesores existen leyes materiales y formales. Las materiales son todas las normas de conducta que se le imponen a los gobernados. En cambio las leyes formales son pura y exclusivamente las que emanan el congreso.
Nosotros creemos que no existe tal distinción, y en consecuencia sostenemos que las leyes son aquellos instrumentos que utiliza el congreso para cumplir con las funciones que le asigna la Constitución Nacional.
Parados en esta posición cobra vital importancia las atribuciones especificas de cada órgano de gobierno.
Funciones de la legislatura de la Ciudad:
Art. 80 inc.2
Procedimiento para la sanción de una ley en la Ciudad de Buenos Aires:

Régimen Jurídico de la Ciudad:
Antes de producirse la reforma a la constitución Nacional de 1994, el estado Federal argentino estaba constituido por veintitrés provincias. Es decir que lo que hoy conocemos como ciudad autónoma era una porción de la provincia de Buenos Aires al Estado Federal para que este establezca allí a sus autoridades. O sea que si algún día se trasladaba de lugar la capital de la republica esa porción de territorio volvería a la provincia.
El presidente de la Nación era el jefe inmediato y local de la Capital; una especie de gobernador de la misma. Como por la magnitud de sus tareas a nivel nacional le resultaba imposible dedicarse a los asuntos locales de la Capital, nombraba allí un delegado que recibía el nombre de “intendente de la ciudad de Buenos Aires”.
El Congreso de la Nación era el órgano que legislaba en el ámbito de la ciudad.
Pero esta situación cambia como ya dijimos antes con la reforma del 94 obteniendo la Ciudad un nuevo rango institucional.
Por empezar le asignó autonomía, es decir que a partir de ese momento la ciudad paso a tener un Órgano Ejecutivo, denominado Jefe de Gobierno, un Órgano legislativo llamado legislatura de la ciudad, un órgano judicial propio, y una Constitución propia que se la llama “Estatuto Organizativo”.
Vale recordar que la autonomía de cada provincia esta dada por la CN, en cambio la autonomía de la Ciudad puede ser ampliada o disminuida por ley del Congreso Nacional.
Trabajar con el artículo 129 de la CN.
Presentación del Proyecto

Tienen iniciativa legislativa para la presentación de proyectos: el Jefe de Gobierno, los Diputados, el Defensor del Pueblo, y los ciudadanos.

La Secretaría Parlamentaria hace una propuesta de giro a Comisión para cada proyecto.

El Cuerpo ratifica o no esa propuesta al votar el B.A.E. (Boletín de Asuntos Entrados).

Pase a la Comisión correspondiente.

Puede tener giro a más de una comisión, pero deberán elaborar un único despacho pudiendo existir dictamen de mayoría y de minoría.
Una vez producido el Despacho de la Comisión correspondientes, la Secretaría Parlamentaria procede a su publicación y distribución, quedando en observación durante el plazo de 7 días hábiles. En el caso de ser un proyecto con preferencia votada, el plazo se reduce a 5 días corridos.
La Comisión de Labor Parlamentaria elabora la agenda para su tratamiento en sesión.

Tratamiento en Sesión y sanción del proyecto.
El Poder Ejecutivo promulga o queda automáticamente promulgado a los 10 días hábiles posteriores.
Si lo veta totalmente; la Legislatura puede insistir con el voto de los 2/3 de sus miembros y el proyecto se convierte en ley. Si fracasa la instancia; el proyecto no puede volver a tratarse durante el año.
Si lo veta parcialmente; la Legislatura puede aceptar el veto por la misma mayoría requerida para su sanción; o insistir en el proyecto original con el voto de los 2/3 de sus miembros y se convierte en ley. Queda expresamente prohibida la promulgación parcial, sin el consentimiento de la Legislatura.
Si el PE no publica dentro de los diez días de promulgado; la Legislatura dispone su publicación y la norma entra en vigencia.

Como funciona la legislatura

Del Post Foro:

Concluida, la fase del foro, comienza el denominado post foro. En dicha etapa los jóvenes, comenzaran a ser participes y principales responsables de la concreción y puesta en marcha de la nueva ley de educación de la ciudad.

Del Foro

Del Foro:

Consiste en la formación de comisiones o mini foros, en cada institución educativa, con el objetivo de analizar, debatir y elaborar un punto de ataque o tema, de la ley de educación de la ciudad.
La manera en que se llevarán a cabo los debates consiste en un mecanismo que toma diversos elementos del sistema legislativo porteño, del presupuesto participativo, y de otras experiencias afines realizadas
Luego de la elaboración en el colegio, se procederá en un encuentro masivo, en donde los participantes serán los alumnos de todos los establecimientos educativos con sus propuestas y proyectos previamente elaborados en sus respectivos cursos.
El aporte concreto será la redacción de un documento conjunto, donde se encontraran presentes TODOS los análisis y propuestas que los alumnos confeccionaron.

Pre- Foro:


El concepto de Foro es permanente e implica participar antes, durante y después de concluida la experiencia. A la forma de participación previa al evento la denominamos PREFORO.

Consiste en concienciar y capacitar a los jóvenes en la compleja tarea de la formación y puesta en marcha de la ley. Para la misma nos basaremos en dos etapas de capacitación:

Etapa 1:

Se realizara en los colegios a través de clases con debate y negociación, construcción en consenso, partir de situaciones problemáticas, en donde profesores trabajaran en sus respectivos cursos o grupos.
A su vez se plantearan la elaboración de posibles situaciones problemáticas, y sus soluciones.

Etapa 2:

Se realizara de manera virtual mediante el formato de blog o bitácoras, creados a partir del departamento de informática del Foro. Allí podrán consultar información y link relacionados con las temáticas, planteadas



El Foro, se encuentra dividido en 3 etapas, las cuales permitirán que los jóvenes de los institutos educativos, puedan llegar a construir y analizar las problemáticas a tratar durante dichos encuentros.
La manera en que se llevarán a cabo los debates consiste en un mecanismo que toma diversos elementos del sistema legislativo porteño, del presupuesto participativo, y de otras experiencias afines realizadas

Pre- Foro:
El concepto de Foro es permanente e implica participar antes, durante y después de concluida la experiencia. A la forma de participación previa al evento la denominamos PREFORO.
Consiste en concienciar y capacitar a los jóvenes en la compleja tarea de la formación y puesta en marcha de la ley. Para la misma nos basaremos en dos etapas de capacitación:

Etapa 1:
Se realizara en los colegios a través de clases con debate y negociación, construcción en consenso, partir de situaciones problemáticas, en donde profesores trabajaran en sus respectivos cursos o grupos.
A su vez se plantearan la elaboración de posibles situaciones problemáticas, y sus soluciones.
Etapa 2:
Se realizara de manera virtual mediante el formato de blog o bitácoras, creados a partir del departamento de informática del Foro. Allí podrán consultar información y link relacionados con las temáticas, planteadas

Del Foro:
Consiste en la formación de comisiones o mini foros, en cada institución educativa, con el objetivo de analizar, debatir y elaborar un punto de ataque o tema, de la ley de educación de la ciudad.
La manera en que se llevarán a cabo los debates consiste en un mecanismo que toma diversos elementos del sistema legislativo porteño, del presupuesto participativo, y de otras experiencias afines realizadas
Luego de la elaboración en el colegio, se procederá en un encuentro masivo, en donde los participantes serán los alumnos de todos los establecimientos educativos con sus propuestas y proyectos previamente elaborados en sus respectivos cursos.
El aporte concreto será la redacción de un documento conjunto, donde se encontraran presentes TODOS los análisis y propuestas que los alumnos confeccionaron.



Del Post Foro:

Concluida, la fase del foro, comienza el denominado post foro. En dicha etapa los jóvenes, comenzaran a ser participes y principales responsables de la concreción y puesta en marcha de la nueva ley de educación de la ciudad.
El Foro Ciudadano de Jovenes, es un nuevo canal de participación juvenil, basado y sustentado en los pilares de la tolerancia, camaradería entre los participantes, el respeto al prójimo y el dialogo participativo abierto.
En líneas generales el espíritu y fin consistirá en desarrollar una nueva e innovadora forma de vinculación de los jóvenes con las autoridades que los representan, con el objeto construir así una ciudad y sobretodo una educación mas humana y no violenta.